La búsqueda de la idea, la creación del plan de empresa o la financiación son etapas iniciales del emprendimiento en las que los nuevos empresarios os sentís cómodos. Son tareas muy vinculadas a la persona que decide crear un nuevo negocio y que acostumbráis a asumir vosotros mismos. La siguiente etapa: la elección de la forma jurídica para mi empresa es el trámite que marca la diferencia. Es entonces cuando dejáis de ser “lobos solitarios” y os abrís al mundo de la administración o de las asociaciones de empresarios para solicitar ayuda.
Aunque tanto el Ministerio de Economíacomo el Igape disponen de información y herramientas para ayudaros a elegir la fórmula jurídica más adecuada; lo habitual es que los emprendedores recurran a asesores empresariales (el propio Igape, cámaras de comercio, asociaciones de empresarios…) para ayudarles a decidir.
Qué debo tener en cuenta para elegir fórmula jurídica
Para elegir el tipo societario en el que se enmarcará nuestra empresa es necesario tener en cuenta:
- La actividad. Hay sectores que imponen una forma jurídica determinada, como la banca, seguros o agencias de viajes.
- La responsabilidad. ¡Atento a este punto!, del tipo societario que elijas dependerá que respondas con tus bienes personales o sólo con el capital de la sociedad.
- El número de socios. Hay tipos societarios que exigen un número mínimo de personas.
- El capital social. Dependiendo de la forma que se elija se exigirá o no un capital social mínimo. ¡No lo pierdas de vista si tienes dificultades para reunir inversión inicial!
Estas variables combinadas dan como resultado un complejo escenario de hasta 18 tipos de empresa. ¡No os preocupéis! Lo simplificaremos resumiéndoos las ventajas de las dos fórmulas jurídicas más empleadas en nuestro país: autónomo y sociedad limitada. Ambas aglutinan el 87,2% del total de empresas en España, según datos del Ministerio de Economía en 2013.
¿Autónomo o sociedad limitada?
La figura de empresario individual (autónomo) es la que, a priori, presenta más ventajas para los emprendedores. Requiere menos trámites iniciales, no necesita más de una persona, ni se exige un capital mínimo para su constitución. Además, suele ir acompañado de bonificaciones fiscales para la puesta en marcha de nuevas empresas, ya que la mayoría de emprendedores optan por esta figura para adentrarse en el mundo de los negocios.
Si has leído hasta aquí y has optado por hacerte autónomo sólo por librarte de la burocracia, te equivocas. Debes valorar los pros y contras también a largo plazo. Una de las desventajas de esta figura jurídica es la responsabilidad ilimitada del empresario. El autónomo debe responder tanto con su patrimonio empresarial como con el personal de las responsabilidades derivadas de su actividad económica. Además, al tributar en función del IRPF, si las cosas te van bien y los resultados económicos despuntan, pagarás más impuestos que si optas por una sociedad limitada (25 o 30%).
Si optas por constituir una sociedad limitada, podrás hacerlo sin necesidad de socios. Eso sí, a diferencia de en el caso de los autónomos, se te exigirá un desembolso inicial de 3.000 euros. Es la fórmula ideal para sociedades con pocos socios. Los socios sólo deben responder con el capital aportado a la sociedad. Tributan a un tipo fijo del 25 o el 30%, que en casos de empresas con grandes beneficios se convierte en ventaja.
Pese a poder existir varios socios (no es obligatorio), los trámites no son excesivos. Es necesario un libro-registro de socios y la sociedad debe presentar anualmente en el Registro Mercantil los libros contables y las cuentas anuales. Debe haber una contabilidad oficial en la que se registren las facturas recibidas y emitidas, los cobros y pagos, los bienes de inversión y las amortizaciones.
Desde el punto de vista económico, aunque el autónomo tiene más ayudas de la administración para la puesta en marcha de su empresa, las sociedades limitadas tienen más opciones de financiación bancaria, por ejemplo para acceder a líneas de liquidez. Además, en el caso de concursos públicos, hay algunos que limitan la participación a formas jurídicas societarias.
Si has puesto toda la ilusión en crear un proyecto empresarial, has mimado hasta el último detalle y has conseguido reunir la financiación, dedícale tiempo a elegir la figura societaria más adecuada. Si confías en tu proyecto no temas los trámites y decántate por la fórmula empresarial que se adecúe mejor a tus circunstancias. Recuerda, además, que las fórmulas jurídicas no son perpetuas. Lo más habitual es iniciarse como autónomo y que la empresa evolucione hasta una sociedad limitada. ¡Tú eliges cómo empezar!